lunes, 28 de octubre de 2013

¿EL DESAMOR ANULA EL TESTAMENTO?

             Los esposos gallegos son muy cariñosos: en el 99% de los testamentos se dejan, bien la propiedad, bien el usufructo de todos sus bienes, aun habiendo hijos. ¿Qué ocurre cuando ese amor se acaba? ¿Si aparecen “otro” u “otra”? ¿Y si el esposo/a traicionado ha caído en incapacidad y ya no puede revocar el testamento?

         La ley gallega presenta una buena batería de medidas para atajar esto que se percibe como un “problema”. El art. 208 dice que las disposiciones a favor del cónyuge no producen efecto si al fallecimiento existiera divorcio, separación (basta que el procedimiento esté en trámite), nulidad o separación de hecho. El 236.2º dice que el usufructo vidual se extingue si el viudo/a contrae nuevas nupcias o convive maritalmente con otra persona. Por último, el art. 263 de la ley gallega permite desheredar a “cualquier legitimario” (no solo al cónyuge, como en el código civil) por incumplimiento grave y reiterado de los deberes conyugales. Tratándose de un cónyuge con discapacidad, es indigno para sucederle el esposo/a que no le cuide, alimente, lleve al médico, etc.

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