martes, 19 de mayo de 2015

SI INTERÉS DE DEMORA SUPERIOR AL 2%, NO PAGAS NADA


            Anda alterada ¡alteradísima! la parroquia ante la gran novedad: El Tribunal Supremo ha declarado que si el interés de demora de tu póliza de préstamo o crédito es superior al 2% (o sea TODOS), no tienes que pagar NADA por interés de demora y solo hay que abonar el interés ordinario. Dicho de otro modo, parece que DA IGUAL RETRASARSE QUE PAGAR A TIEMPO. La Sentencia es del pleno de 22 de abril de 2015, nº 265/2015. Todo ello salvo que se pruebe que hubo negociación individual y contrapartidas para el consumidor a cambio del interés de demora. O sea, NUNCA, Jacques no conoce ningún caso.
           
            El caso juzgado se trataba de una póliza del Banco de Santander con un interés ordinario del 11,80% y uno de demora de 10 puntos más, o sea del 21,80%. Nuestro alto Tribunal, después de considerar que si el Banco hubiera tratado de una manera leal y equitativa al consumidor, este no hubiera aceptado un interés de demora desproporcionado en una negociación individual, lo declara abusivo y nulo en su integridad. En cuanto a cual hubiera podido ser el interés de demora adecuado, se remite a la legislación europea, la cual, a su vez, dice que el juez nacional debe comprobar las normas vigentes: en concreto el art. 576 LEC que, en defecto de acuerdo entre las partes, dice que el interés de mora será el resultado de añadir dos puntos porcentuales. OJO, SÍ SE PACTÓ UN RECARGO (como máximo) DEL 2%, ESTÁ BIEN PUESTO, PERO SI SE PUSO MÁS, NO ES QUE SE QUEDE EN EL 2%; SE QUEDA EN EL 0%.

            Esto altera todas las pólizas, claro ¡¡¡TODAS!!! ¿En que casos se admitiría un interés de demora superior, por ejemplo del +5% o +6%? La doctrina del Tribunal Supremo dice que tiene que haber una negociación individual de forma que el consumidor pueda influir en la supresión o contenido de la cláusula de demora, con especificación de las contraprestaciones obtenidas. NO se considera negociación individual: a) Sí la alternativa del Banco es la negativa a contratar; b) Si el Banco presenta al cliente diversas ofertas standard a elegir una de ellas; es decir la “no-individualidad”; c) Si el cliente tiene posibilidad de elegir entre diversas ofertas standard de distintos Bancos. ¿El consejo de Jacques? Difícil me lo pones, forastero bancario. En cualquier caso, si quieres intentar asegurar el tema de las demoras, puedes suscribir con el cliente una especie de FIPER en la que consten las ofertas y contra-ofertas respectivas, así como la contraprestación acordada por el interés de demora. Uno distinto en cada caso. Ah, y yo no me pasaría NUNCA del tope legal para los hipotecarios, o sea 3 veces el interés legal del dinero EN TOTAL,
  
            Sí, ya sé, queda pendiente LA GRAN PREGUNTA. ¿Qué pasa con los intereses de demora ya ejecutados? ¿Devolución? ¿Daños, perjuicios, lucro cesante…? Pero si me meto ahora en el berenjenal, ya nadie me leería el siguiente post ¿verdad? O sea que ¡hasta la próxima!


            P.D.-Contra lo que pueda parecer, el hecho de pactar un interés de demora justo (Jacques cree que lo es bastante por encima del 2%), es bueno para ambas partes.
            —Para el Banco, porque le ayuda a combatir la morosidad.
            —Y para el Cliente, porque le permite “ser diferenciado”. Es decir, si es un cliente que va a pagar o que tiene intención de pagar, no le conviene en absoluto que se le aplique por sistema un interés mixto más alto, que incluya subrepticiamente la previsión de posibles demoras.


            Cabe la otra versión, la de que como los bancos son unos malvados está bien castigarlos sin intereses de demora y, encima, sin subir el ordinario. Es una buena versión… sobre todo si eres un niño; la otra, es la de que los Bancos son los millones de abuelos accionistas del BS o del BBVA que no renunciarían al dividendo… ni el Estado a sus impuestos con los que paga hospitales, carreteras y policía. Total… nada. 

            Lecturas recomendables para estas elecciones (sobre todo, el último):
            —Il Braghettone
            —Curaçao bleu
            —Una gota de Chanel



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